Difícilmente puede articularse un argumento más nítido.
¿Tienen los ciudadanos catalanes derecho a votar qué nación quieren ser?
Entonces, ¿Por qué se les niega ese derecho?
¿Pero qué implicaciones subyacen a la voluntad nacional de
una determinada sociedad?
Para mí una nación no es un proceso histórico, no es una
identidad, ni una sustancia, ni un sentimiento, ni una etnia ni una cultura.
Una nación soberana es un Estado. Es una capacidad jurídico-normativa sobre un
territorio y sobre unos determinados ciudadanos (a lo cual habría que añadir la
muletilla “y reconocida como tal por la comunidad internacional y sus leyes”).
Así que la pregunta inicial se desplaza a: ¿asiste a los
catalanes el derecho a constituir un marco normativo propio y exclusivo?
No veo porque no. A la vez que también veo una serie de obstáculos
delimitadores de esa prerrogativa. Básicamente, el derecho de los catalanes a
constituirse ellos solos en un marco exclusivo presupone privar a otros
ciudadanos de una serie de derechos históricamente consolidados y juridicamente
normativizados. Por ejemplo, arrogar a los catalanes el derecho exclusivo a
determinar quién está legitimado para entrar y salir del territorio catalán
presupone quitárselo a otros que hasta la fecha lo venían poseyendo.
Es por esa razón que los marcos normativos de la mayoría de
países europeos, España incluida, consideran la autodeterminación como exclusivamente
potestativo de la totalidad de ciudadanos afectados. Sintetizando, el derecho a
erigir fronteras no está contemplado a la voluntad exclusiva de una de las
partes sino a ambos lados de la frontera.
Pero bajo a esa respuesta formalista, y reconozcamos que
poco satisfactoria, subyace la razón filosófica. ¿Por qué no?
Como formalista, la respuesta filosófica ya la he apuntado
arriba. Para mí el Estado es exclusivamente una forma jurídica. Pero entiendo
que esta respuesta metafísica no convenza a los secesionistas.
Si debería ser razón suficiente para explicar porqué España
no concede a ningún territorio la capacidad de autodeterminarse. No lo hace
porque su marco jurídico claramente establece que el cercenamiento de
determinados derechos requiere la consulta de la TOTALIDAD de los afectados. Y lo que está pidiendo el independentismo es que España renuncie gentilmente a ese derecho.
Pero ni puede ni quiere. Esa es la cuestión. De donde, Cataluña, como Kosovo, como Irlanda, como Lituania o Sudán
del Sur, debe proceder unilateralmente en su camino a la independencia y
acarrear con las consecuencias, o en caso
contrario, supeditarse a la norma común. No hay punto medio.
Declaración unilateral de soberanía y confiar que con el tiempo la comunidad internacional
avale el planteamiento. O supeditación al marco normativo actual.
Y la pregunta es... ¿Puede Cataluña declararse unilateralmente
independiente? Un territorio cuyas infraestructuras de agua, energéticas,
logísticas dependerían políticamente y en gran medida de otro territorio
ajeno... Un territorio carente de recursos económico-financieros propios (sin
moneda, sin banco emisor, sin tesoro público)... Un territorio cuyo mercado
empresarial depende en un 70% del PIB del territorio del que se quiere enajenar...
¿Puede?
En resumen, el “dret a decidir” empieza y termina en el
derecho a unilateralmente declararse esto o aquello. Ahora bien, si esta declaración debe ser reconocida por
más gente para que sea efectiva, entonces ya no hay derecho a decidir
unilateral que valga.
Pero por increíble que parezca, sigue habiendo gente que
considera que lo que en Cataluña se decida debe ser asumido incondicionalmente por
el resto del mundo sí o sí. Como decía
Salvador Dalí, “los catalanes son las únicas personas de la tierra que
deberíamos poder cenar gratis en todos los restaurantes del mundo”.